viernes, noviembre 15, 2024

Chos Malal: Ministerio Público Fiscal requirió confirmación de pena en caso juzgado por un jurado

La fiscal del caso Natalia Rivera solicitó que se confirme la pena de 15 años de prisión efectiva impuesta a R.J.A, un varón que fue declarado culpable por un jurado popular por abusar sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar, en la ciudad de Chos Malal.
Durante la audiencia realizada el lunes pasado, la representante del Ministerio Público Fiscal (MPF) sostuvo que la pena de 15 años de prisión efectiva fue “justa y fundada”, más allá de que estuvo por debajo del requerimiento que efectuó ella junto al fiscal jefe Fernando Fuentes, que ascendió a 19 años de prisión.
Sobre este escenario, pidió al Tribunal de Impugnación que rechace el planteo de la defensa de R.J.A, que solicitó que se reduzca el monto de la pena a 10 años de prisión (la defensora de los derechos de la Niñez y Adolescencia adhirió al planteo del MPF).
La declaración de culpabilidad de R.J.A fue unánime por parte del jurado popular. Tras el veredicto, el juez de garantías fijó una pena de 15 años de prisión efectiva. El fiscal jefe Fernando Fuentes y la fiscal del caso Natalia Rivero habían requerido 19 años, y la defensa del acusado 8 años.
La decisión del Tribunal de Impugnación, integrado por el juez Richard Trincheri y las juezas Florencia Martini y Liliana Deiub, se conocerá en un plazo de diez días hábiles.
El caso se convirtió en el primer juicio por jurados de la zona norte de la provincia. Fue realizado en junio de este año en la ciudad de Chos Malal y la pena fue determinada al mes siguiente, en una audiencia en la que el juez de garantías dispuso además la autorización para el cambio de apellido paterno de la víctima por el de su madre.
Además, ante un pedido de la fiscalía para que el imputado quede detenido en prisión preventiva, el juez resolvió que siga cumpliendo con la detención domiciliaria y se le ponga una tobillera electrónica hasta que la pena quede firme.
El delito por el cual se dictó la responsabilidad a través del veredicto, fue abuso sexual simple agravado por el vínculo, en concurso real con abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, este último en modalidad continuada, todo en calidad de autor.
La teoría del caso que lograron acreditar los representantes del Ministerio Público Fiscal fue que R.J.A abusó sexualmente de una niña que era parte de su entorno familiar. Lo hizo entre los años 2019 y 2021, en distintas ocasiones en viviendas que compartían y en una oportunidad en una plaza de la localidad. (La identidad del varón declarado culpable se mantiene en reserva con el objetivo de preservar la intimidad de la víctima).

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