Por pedido del fiscal jefe de Delitos Contra las Personas, Agustín García, el juez técnico encargado de fijar la pena a Roberto Figueroa lo condenó a prisión perpetua. El caso fue juzgado por un jurado popular que declaró la responsabilidad por el femicidio de Fuentes y por el intento de asesinato de la persona que la acompañaba.
Durante la audiencia de hoy, el fiscal García manifestó “que la única pena aplicable para los delitos por los cuales el jurado encontró responsable al acusado es la pena de prisión perpetua”. Luego, el funcionario de la fiscalía detalló que, como “la condena resulta indivisible”, no es necesario valorar agravantes y atenuantes ya que “el legislador así lo dispuso”.
El juicio se realizó en agosto y el veredicto del jurado se conoció tras cinco jornadas de audiencias. Los delitos por los cuales el jurado popular declaró “culpable” a Figueroa, por unanimidad y tras deliberar por aproximadamente una hora y media, son homicidio triplemente agravado: por el uso de arma de fuego, por el vínculo y por femicidio (en relación a Gisela Fuentes); y homicidio simple, agravado por el uso de arma de fuego en grado de tentativa (respecto a un varón que estaba con ella al momento del hecho), ambos en carácter de autor.
El juez técnico que intervino durante el juicio por jurados y que hoy estuvo encargado de fijar la pena fue Lucas Yancarelli.
Previo a imponer la condena, el magistrado no hizo lugar a un pedido del abogado defensor, que pretendió que se dicte la declaración de inconstitucionalidad del artículo que determina como única pena posible la prisión perpetua.
Finalmente, el juez informó que la sentencia completa será remitida a las partes dentro del plazo legal.
El hecho:
La teoría del caso que acreditó el Ministerio Público Fiscal en el debate es que Figueroa cometió el hecho el 1 de octubre de 2023 cerca de las 7 de la mañana, en el domicilio de Gisela Fuentes, ubicado en la ciudad de Centenario.
El acusado fue hacia la casa de la mujer, a quien conocía ya que habían mantenido una relación de pareja durante 13 años aproximadamente. El vínculo, que finalizó tres años antes del hecho, estuvo signado por la violencia de género, con múltiples episodios de violencia física y psicológica.
El día del femicidio, Figueroa saltó el portón de ingreso de la casa de la víctima y se dirigió hacia la vivienda. Allí, gritó y le exigió a la mujer que le dijera con quién estaba, pidiéndole que lo sacara, mientras advertía que lo iba a matar.
Después, el acusado comenzó a golpear la puerta de ingreso a la vivienda hasta que la rompió y logró abrirla. Una vez adentro, la víctima intentó detenerlo, mientras que el varón que la acompañaba, se refugió en un dormitorio, detrás de la puerta y luego agarró un cuchillo.
El imputado fue a esa habitación y, utilizando un arma de fuego, le apuntó y gatilló pero el proyectil no salió. Volvió a gatillar y un proyectil le impactó en el brazo derecho provocándole una herida. Herido, el varón salió de la casa y corrió, mientras era perseguido por el imputado que continuó disparándole sin volver a lesionarlo.
Luego, Figueroa regresó a la vivienda donde aún estaba Fuentes. En el patio delantero, él le efectuó un disparo de arma de fuego a corta distancia que le impactó debajo de la clavícula derecha, produciéndole la muerte por shock hipovolémico.
Durante la audiencia de determinación de la pena realizada hoy, García estuvo acompañado por la asistente letrada Guadalupe Inaudi y la agente judicial Agustina Bouyer.
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