El bloque Juntos por el Cambio presentó un proyecto de ley para que las personas condenadas por delitos de corrupción, contra la vida, contra la integridad sexual, contra el estado civil y contra la libertad no puedan ser candidatas en elecciones a cargos provinciales o ser designadas para ejercer cargos públicos. Con ese objetivo, propone incorporar el inciso e) al artículo 68 del Código Electoral de la provincia, dispuesto en la ley 3053.
Los fundamentos explican que la iniciativa no tiene carácter penal sino electoral y, por lo tanto, no existe contraposición de intereses con el principio de inocencia. En ese sentido, remarca que lo que establece son requisitos para acceder a la función pública y electiva.
“Debemos aspirar que nuestros representantes posean determinadas cualidades que nos garanticen poder tener el gobierno al que aspiramos como sociedad”, sostienen. Además, mencionan que la medida ya fue incorporada a las leyes de acceso al empleo público nacional y de ingreso a la Administración Provincial, y se enmarca en presente proyecto de ley se enmarca en el Objetivo de Desarrollo Sostenible número 16 “Paz, Justicia e Instituciones Sólidas”.
El proyecto (15158) ingresó por Mesa de Entradas el 21 de abril y fue firmado por Leticia Esteves, César Gass, Luis Aquín y Ayelén Quiroga.
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