domingo, septiembre 22, 2024

Informe Especial sobre el veredicto del Tribunal en el caso de la ex jueza municipal de Faltas

*Reseña del Veredicto en Legajo 35779/2021.
En el día de la fecha se dio el veredicto en el caso de interés público, juicio seguido contra Delia Sánchez y Claudio Alejandro Brusco. La decisión fue emitida por el Tribunal de forma unánime, explicada en audiencia oral y, dentro del plazo máximo de 5 días, se remitirá la sentencia escrita a las partes.
Luego de cinco días de juicio oral y público, donde se escucharon testigos, se incorporó documentación y se presentaron los alegatos de las partes, el Tribunal debatió y resolvió:
La responsabilidad penal de la Dra. Sánchez por el delito de abuso de autoridad continuado. Ella debía saber que estaba realizando una práctica contraria a la Carta Orgánica Municipal y a la Ordenanza Nro. 456/09. Dijo el Tribunal que no se puede justificar la práctica ilegal porque “siempre se hizo así”, sino que debería saber de la paulatina vigencia e implementación de la labor de la Fiscalía Administrativa, creada por Carta Orgánica en 2.006. Ella no podía discrecionalmente distribuir el trabajo entre abogados y abogadas, sino que debía remitir a la Fiscalía Administrativa Municipal, todos los trámites que por ley correspondieran. Al hacer otro procedimiento, no previsto en la ley local, abusó de su autoridad como funcionaria pública.
Absolver a la Dra. Sánchez por el delito de sustracción de efectos públicos, peculado. Los hechos que se presentaron en el juicio en relación a esta figura delictiva, no cumplen los requisitos para ser considerados delitos. Es decir, no se pueden aplicar penas por los hechos demostrados en juicio, ya que no quedó demostrada la malversación de caudales públicos.
La responsabilidad penal del Dr. Brusco por el delito de encubrimiento por receptación dolosa continuado. Él conocía perfectamente los alcances del procedimiento administrativo y las normas legales; al recibir documentación del Juzgado de Faltas que no había pasado previamente por la Fiscalía Municipal, sabía de la ilegalidad. Así, el encubrimiento quedó demostrado.
Absolver al Dr. Brusco por el delito de usurpación de autoridad por continuidad arbitraria en la función pública. Quedó demostrado que no continuó ejerciendo funciones propias de la Fiscalía Administrativa, en la cual había cesado funciones en diciembre del año 2.019; sino que continuó como abogado particular apoderado de la Municipalidad de Zapala. En ese sentido, no existió usurpación de autoridad.
Como se trata de una decisión que determina la responsabilidad penal por un delito, aún resta determinar la pena para cada persona imputada. Esta segunda parte del juicio se llevará adelante dentro de las próximas semanas, una vez recibida y notificada la sentencia escrita.

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