Por unanimidad, un tribunal tomó la acusación de la fiscal del caso Silvia Moreira y del asistente letrado Pablo Jávega y declaró responsable a Nicolás Leopoldo López, un policía que utilizando su arma reglamentaria, efectuó un disparo “a quemarropa” y mató a Diego Escobar.
El juez y las dos juezas que intervinieron en el juicio aceptaron la figura penal que presentó al fiscalía e impusieron la condena por homicidio simple (con dolo eventual), agravado por el uso de arma de fuego. Al tomar ese delito descartaron la opción que presentó la defensa del imputado, que sostuvo que se trató de un accidente.
“El defensor dijo que lo que empezó como una broma, terminó como una desgracia. Pero lo que para el acusado pudo haber sido una broma, para nadie más lo fue”, afirmó el juez de garantías Luis Giorgetti, durante la lectura de la sentencia realizada hoy.
En el juicio, la acusación estuvo a cargo Moreira y del asistente letrado Jávega. Moreira había planteado, en la apertura del proceso, que hay dolo eventual cuando “el sujeto acepta que la conducta (que ejerce) es capaz de producir la lesión al bien jurídico”, y que deja “librado al azar que ese resultado lesivo no suceda”.
La representante y el representante de la unidad fiscal de Delitos Contra las Personas lograron acreditar que el 9 de marzo, cerca de las 15:20, Nicolás Leopoldo López disparó y mató a Diego Escobar, cuando éste se encontraba en un taller en el que trabajaba junto a dos primos y a otro empleado.
Según indicaron testigos y confirmaron la teoría que presentaron la fiscalía y el querellante particular que representó a la familia de la víctima, López primero le apuntó a una persona que salía del taller y apretó el gatillo, sin que saliera el proyectil. Esa persona le advirtió que no hiciera eso, que no era un juego, pero haciendo caso omiso, el imputado ingresó al taller y reiteró la maniobra: apoyó el arma en el pecho de Escobar y volvió a apretar el gatillo. Esta vez, el disparo se efectuó, por lo que la víctima murió casi de inmediato.
El monto de la pena a imponer se resolverá en una próxima audiencia, en la que las partes deberán presentar testigos y prueba.
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