Un tribunal unipersonal resolvió absolver a un hombre y una mujer, quienes fueron juzgados por la muerte de una niña en una pileta, ubicada en la ciudad de Plottier.
Durante el alegato de clausura del juicio que se realizó la semana pasada en la Ciudad Judicial, el fiscal del caso Andrés Azar solicitó que el imputado y la imputada, que son guardavidas, sean declarados penalmente responsables por el delito homicidio culposo, en calidad de autores (artículos 84 y 45 del Código Penal). El fiscal del caso afirmó que al momento del hecho ambos estaban controlando las pulseras de ingreso y la revisión médica, cuando su función como guardavidas era estar atentos a lo que ocurría en las piletas. Además, el funcionario de la fiscalía indicó que por este motivo se encontraban de espaldas, no vieron a la niña cuando ingresó y no pudieron actuar a tiempo.
En la misma línea lo hicieron los abogados querellantes particulares, que intervinieron en representación de la familia de la víctima.
Hoy al momento de dar la resolución, el magistrado encargado de juzgar el hecho entendió que los imputados no son los responsables de la muerte de la niña y por eso resolvió absolverlos. El juez explicó entre otros aspectos que, controlar el ingreso de las personas también era parte de sus obligaciones. Y concluyó que “no encuentro en las conductas de quienes oficiaron de guardavidas ningún incumplimiento a los deberes que tenían a su cargo, que hicieran elevar el riesgo a punto tal que produjeran el resultado de muerte”.
La teoría del caso que había presentado el representante del Ministerio Público Fiscal a lo largo del juicio es que el hecho ocurrió el 3 de febrero de 2019 cerca de las 14, en el sector piletas del predio recreativo de la Asociación de Trabajadores del Estado de Plottier. El hombre y la mujer se encontraban trabajando de guardavidas controlando el ingreso a las piletas. En un determinado momento se advirtió que el cuerpo de la niña estaba flotando en la pileta. Ante ello, la rescataron del agua, comenzaron a practicarle tareas de reanimación, pero la niña se encontraba sin signos vitales.
Azar había afirmado que ese día el imputado y la imputada “cumpliendo el rol de guardavidas, obraron negligentemente, faltando al correspondiente deber de cuidado e inobservando la reglamentación y deberes a su cargo, lo cual derivó en la muerte por asfixia por sumersión de la niña”.
El planteo del representante del Ministerio Público Fiscal, no fue respaldo por el tribunal unipersonal que intervino en el juicio.
Durante el juicio y la audiencia de hoy, el fiscal del caso estuvo acompañado por la agente judicial Galia Borelli.
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