lunes, marzo 17, 2025

Admiten la acusación por asociación ilícita en las estafas con planes sociales

Tras un cuarto intermedio que se extendió debido a los pedidos de las defensas, la jueza de garantías Carina Álvarez admitió la acusación por asociación ilícita asociación ilícita, fraude a la administración pública y defraudación especial por el uso de tarjeta de débito sin autorización de su titular.
La magistrada coincidió con la fiscal jefe Pablo Vignaroli y con el fiscal del caso Juan Narvaez, y rechazó los planteos de las defensas. “La fiscalía tiene un caso para ir a juicio”, sentenció Álvarez.
En primer lugar, la jueza confirmó la aplicación de la figura de la asociación ilícita, que había sido cuestionada por las defensas de distintos imputados e imputadas.
“El delito requiere un acuerdo de voluntades previo de los imputados, con vocación de permanencia en el tiempo, estable, la organización de tres o más personas”, aclaró la jueza, y destacó como fin subjetivo de sus integrantes, “la intención de pertenecer” a la organización, más allá del resultado. “Y comparto con el MPF en cuanto a que en la acusación se describieron el acuerdo de voluntades constitutivo de la asociación ilícita, su existencia, y su estructura”.
Luego, explicó que en el caso es posible juzgar por los delitos de asociación ilícita y fraude a la administración pública, algo que habían objetado las defensas; y descargó que las 9.303 estafas atribuidas puedan ser consideradas como un único hecho: “coincido con el MPF en que deben concurrir todos los hechos, y en el juicio, cada imputado responder por los hechos en los que haya participado”, afirmó.
Durante una audiencia que aún no terminó y en la que se resta definir las evidencias que se producirán en el juicio, la magistrada aceptó la acusación por asociación ilícita, en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por la utilización de tarjeta de débito sin la debida autorización de su titular, todo ello en concurso real por tratarse de 9303 hechos, en calidad de coautores, (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal).
De acuerdo con la investigación, la asociación ilícita se organizó en una pirámide con cinco niveles de responsabilidad, y quienes ocuparon el primer nivel serán juzgados como “jefes” de la asociación ilícita.
Se trata de Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; Néstor Pablo Sanz, exdirector de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; Marcos Ariel Osuna, ex responsable de Gestión de Programas del mismo organismo; Abel Di Luca, el exministro de Desarrollo Social; y Tomás Siengentharler, el excoordinador de Administración de esa cartera.
Luego, la investigación determinó otros cuatro niveles:
-Colaboradores/as.
-Reclutador/a.
-Recaudadores/as.
-Beneficiados/as por la maniobra.
Todos y todas las personas imputadas serán juzgadas de acuerdo con la imputación planteada por la fiscalía. Sólo en un caso, la jueza admitió un planteo de la defensa: O.U.R.Q, en cuyo caso se retiró la acusación por defraudación especial por el uso indebido de tarjeta de débito sin la autorización del titular.
Tras resolver los distintos planteos y confirmar la intervención de un tribunal colegiado -los representantes del MPF anticiparon que buscarán penas superiores a los 3 años de prisión efectiva- la jueza dictó un cuarto intermedio hasta el miércoles 19 de marzo, cuando las partes comenzarán a debatir respecto de las evidencias y testigos que llevarán al juicio.

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