El nuevo juicio por jurados por el femicidio de Agostina Gisfman comenzó hoy por la mañana en la Ciudad Judicial y, de acuerdo con la agenda de la Oficina Judicial, se prolongará hasta el próximo miércoles 19 de octubre.
Durante el alegato de apertura, el fiscal jefe Agustín García resumió la teoría del caso de la fiscalía y describió la conducta de los acusados y de la acusada. “Les voy a pedir que presten mucha atención a por qué hicieron esto; todo lo que desplegaron en ese lugar y cuál es la razón de arrojar el cuerpo donde lo arrojaron y lo incineraron”, dijo frente a los y las ciudadanas que integran el jurado.
También durante su alegato, García aseguró que todo lo que ocurrió “fue planeado” y anticipó que “al final del juicio vamos a volver a alegar y voy a hablar más que ahora, porque voy a sacar conclusiones en base a la prueba de este juicio. En ese momento les voy a pedir que dicten declaraciones de culpabilidad”.
En el transcurso de los siete días de juicio, alrededor de 80 testigos brindarán testimonios ante el jurado popular que está integrado por ocho varones y ocho mujeres (doce titulares y cuatro suplentes, distribuidos mediante paridad de género).
Este juicio es el segundo que se realiza para determinar las responsabilidades de las cinco personas acusadas por el femicidio de Agostina Gisfman, de 22 años. El anterior había comenzado el pasado 13 de septiembre y se prolongó hasta el 21 de septiembre cuando fue anulado por la jueza que dirigió el debate, Leticia Lorenzo. La decisión la adoptó luego de que un jurado advirtiera sobre la existencia de un escrito intimidante en una pared del baño de hombres, dirigido al jurado popular.
De acuerdo a la investigación del Ministerio Público Fiscal, son cinco las personas acusadas por el delito de homicidio triplemente agravado por haber sido causado con alevosía, con el concurso premeditado de dos o más personas y por haber sido perpetrado por hombres hacia una mujer en contexto de violencia de género (femicidio).
Los roles atribuidos a los cuatros hombres son, en el caso de J. C. M; E.C.M; y J.M.Z, coautores; a G.A.C, partícipe necesario; y a la mujer, A. M. P, que al momento del hecho era esposa de J. C. M, instigadora.
Para que las personas acusadas sean declaradas culpables se requiere al menos ocho de los doce votos del jurado popular. En caso de que la cantidad de votos sea inferior a esta cifra, el veredicto será de no culpabilidad.
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