Por pedido del fiscal del caso Andrés Azar, un hombre, y una mujer, fueron juzgados por la muerte de una niña en una pileta ubicada en la ciudad de Plottier.
Durante el alegato de clausura del juicio que se realizó hoy en la Ciudad Judicial, Azar explicó que en el juicio quedó debidamente acreditado que el imputado y la imputada, quienes trabajaban como guardavidas, son penalmente responsables por el hecho ocurrido el 3 de febrero de 2019 y deben responder por el delito homicidio culposo, en calidad de autores (artículos 84 y 45 del Código Penal),
El representante del Ministerio Público Fiscal afirmó que el acusado y la acusada estaban haciendo algo que no les correspondían: controlaban las pulseras de ingreso y la revisión médica, cuando su función como guardavidas era estar atentos al agua. Indicó que no vieron a la niña cuando ingresó y que estaban de espaldas a la pileta, lo que provocó que no puedan actuar a tiempo.
Además, para sostener la acusación y calificación legal, Azar afirmó que los imputados “obraron negligentemente, faltaron al cuidado y no cumplieron con las normas a su cargo”.
En la misma línea que el fiscal del caso, expusieron los abogados querellantes, quienes intervinieron en representación de la familia de la víctima.
El fiscal del caso estuvo acompañado por la agente judicial Galia Borelli.
El tribunal unipersonal a cargo de la audiencia comunicó que dará a conocer la resolución dentro del plazo legal de 48 horas.
La teoría del caso que sostuvo el Ministerio Público Fiscal a lo largo del juicio es que el hecho ocurrió el 3 de febrero de 2019, aproximadamente a las 14, en el sector piletas del predio recreativo de la Asociación de Trabajadores del Estado, ubicado en la ciudad de Plottier. En un determinado momento el personal del lugar advirtió que el cuerpo de la niña estaba flotando en la pileta. Ante ello, los guardavidas que se encontraban en el sector, la rescataron del agua, comenzaron con tareas de reanimación, pero la niña ya se encontraba sin signos vitales.
Azar sostuvo que ese día el imputado y la imputada “cumpliendo el rol de guardavidas, obraron negligentemente, faltando al correspondiente deber de cuidado e inobservando la reglamentación y deberes a su cargo, lo cual derivó en la muerte por asfixia por sumersión de la niña”.
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