El fiscal general José Gerez y el intendente de San Martín de los Andes Carlos Saloniti, presentaron hoy un proyecto conjunto en la Legislatura para modificar el artículo 222 del Código Procesal Penal que regula la realización del juicio directo.
La presentación la hicieron al mediodía en forma personal en la sede legislativa. Mediante una nota que remitieron al vicegobernador de la provincia Marcos Koopmann, Gerez y Saloniti plantearon que la propuesta de modificación “fue trabajada consensuada y elaborada” a través del Consejo Municipal de Prevención del Delito de San Martín de los Andes. Y junto a las autoridades del municipio y del Ministerio Público Fiscal, participaron concejales de la localidad, representantes locales de la Policía de Neuquén, de la Policía Federal, de Gendarmería Nacional, de Prefectura Naval Argentina, de la Defensoría del Pueblo y del Ambiente, la Asociación de Bomberos Voluntarios, la P. S. A y vecinos y vecinas autoconvocados. La iniciativa surge del “convencimiento de que la modificación propuesta permitirá la verdadera aplicación del instituto del juicio directo para los casos de flagrancia”. Previamente, el fiscal general mantuvo diversas reuniones con integrantes del Consejo Municipal de Prevención del Delito y el jefe comunal.
El objetivo de la propuesta es poder aplicar los juicios directos en una mayor cantidad de casos, principalmente en los hechos flagrantes y ante los delitos menos graves. Se trata de una herramienta mediante la cual se aceleran los tiempos para determinar la responsabilidad penal o no de una persona acusada de delitos menores. Permitiría obtener condenas en cuestión de horas.
“En su redacción actual el juicio directo requiere la anuencia de la defensa del imputado para llevarse a cabo y la respuesta habitual de los representantes legales ha sido negativa. Esta circunstancia ha hecho que en nuestra provincia, desde la vigencia del Código Procesal Penal, no se lleven adelante Juicios Directos. Es decir, es una herramienta que no está siendo utilizada”, señalaron Gerez y Saloniti en los fundamentos del proyecto. “Este proyecto pone en cabeza del fiscal la facultad de solicitar el juicio directo cuando estén dadas las condiciones. Ello no afecta los derechos y garantías del imputado, pues los mismos gozan de toda su vigencia durante la realización del juicio”, añadieron. Y destacaron que “esta modificación permitirá la realización efectiva de juicios directos en casos de flagrancia o en otros donde la prueba es recolectada de manera inmediata, posibilitando que el delincuente sea condenado rápidamente. Se intenta con ello combatir al delincuente habitual y reiterante, especialmente a aquel que comete delitos contra la propiedad”.
Desde la implementación de la Reforma Procesal Penal en la provincia en 2014, ha sido prácticamente inaplicable el juicio directo. Esto porque la redacción original prevé el consentimiento de los abogados y abogadas de la defensa para desarrollarlos, algo que en la práctica no ocurre. Según las estadísticas de la oficina de Calidad Institucional del Ministerio Público Fiscal, en la provincia desde 2014, se han realizado sólo 9 juicio directos: 4 en Chos Malal, 3 en Neuquén y 2 en Zapala.
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