En otro orden, la Cámara sancionó por mayoría, con 23 votos favorables, el proyecto que modifica la ley Orgánica del Poder Judicial -1436- y posibilita la reelección sucesiva, por un mandato más, de la titularidad del máximo órgano judicial.
El diputado Maximiliano Caparroz (MPN) argumentó que se trata de una modificación del funcionamiento interno del Tribunal, que deriva de “las propias necesidades” del Poder que “es independiente y tiene la facultad de decidir” sobre su propia organización en la rotación. Indicó que otras jurisdicciones prevén tal reelección y remarcó que la propuesta deriva de una acordada con cuatro votos a favor y una abstención, de los cinco integrantes del máximo órgano judicial. Además, ponderó como positivo que el vocal que así lo desee, pueda oponerse a ejercer la presidencia, condición que también contempla la modificación.
La propuesta fue rechazada por las bancas del PTS-FIT, FIT y Soledad Salaburu (FdT) quien cuestionó que las vocalías puedan negarse a ejercer la titularidad en tanto “cada cargo para el que uno se postula, tiene una responsabilidad” al tiempo que aseguró que la rotación bianual afecta la posibilidad de participación de la totalidad de los y las vocales en la presidencia.
Modificación del juicio directo:
En la sesión de esta madrugada, se aprobó en general y por mayoría, con 17 votos positivos, la ley que modifica el instituto del juicio directo, contemplado en el artículo 222° del Código Procesal Penal. En contra votaron Blanco, López, Salaburu, Mansilla, Gutiérrez, Parrilli y Sergio Fernández Novoa del FdT.
La medida implica la posibilidad de alcanzar juicios abreviados en los delitos de flagrancia, sin el consentimiento de la defensa, pero con la posibilidad de que ésta se oponga y que el juez o la jueza decida sobre la pertinencia de los fundamentos de la oposición.
Al respecto, el diputado Carlos Coggiola (PDC) explicó que la necesidad de reformar la aplicación del juicio directo devino a poco de implementarse el nuevo Código Procesal Penal y vislumbró que constituirá una herramienta que contribuirá a dar “una respuesta efectiva al reclamo absolutamente fundando de la ciudadanía por la real situación de inseguridad”. Dijo que permitirá una “regeneración de confianza” hacia el Poder Judicial para darle fin a “la puerta giratoria” de personas que delinquen.
Coggiola aclaró que la medida recaerá sólo para los delitos de flagrancia y prevé la posibilidad de que la defensa o las demás partes del proceso puedan “formular una oposición fundada” al juicio directo, e informó que la letra funciona en 11 jurisdicciones que alcanzan condenas que no superan las tres semanas desde el hecho delictivo.
Parrilli y Salaburu se incli naron en contra al argumentar que no se tomaron en cuenta las posturas de organismos de DDHH y que podría trasladarse a otros tipos de situaciones de conflictividad, como la protesta social. En similar sentido se expresaron López y Blanco al repudiar la iniciativa y cuestionar la concepción de inseguridad que lo impulsó.
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