Mediante un acuerdo pleno, José Andrés Estrada fue condenado por el robo a una empresa petrolera, en un yacimiento ubicado en cercanías de la ciudad de Plaza Huincul.
El acuerdo fue presentado el viernes por la asistente letrada Mayra Febrer. Comprendió la declaración de responsabilidad de Estrada por el delito de robo doblemente calificado, cometido en despoblado y con arma de fuego, cuya aptitud no pudo acreditarse (artículos 45, 166 último párrafo y 167 inciso primero del Código Penal). Además fue condenado a tres años de prisión de cumplimiento condicional.
“Las pruebas reunidas pudieron acreditar con un grado de certeza necesario tanto el hecho investigado como la autoría de Estrada”, afirmó Febrer durante la audiencia.
La resolución prevé además el cumplimiento de reglas de conducta, que consisten en fijar residencia en el domicilio informado, no cometer nuevos delito y someterse al control de la Dirección de Población Judicializada. También deberá abstenerse de consumir estupefacientes y tiene prohibido acercarse a las víctimas. En caso de incumplimientos, la fiscalía podrá requerir que la condena sea de cumplimiento efectivo.
La jueza de garantías Vanessa Macedo Font avaló el pedido de la fiscalía y condenó a Estrada a tres años de prisión en suspenso.
El robo por el que se condenó a Estrada fue cometido el 8 de junio de este año, entre la 1:45 y 2:15 de la madrugada, en instalaciones de YPF en el paraje Challacó. Inicialmente, además de Estrada se imputó a otra persona, pero al no poder acreditarse su participación, se solicitó su sobreseimiento. Estrada se llevó una camioneta, que luego fue encontrada, electrodomésticos y herramientas.
La asistente letrada precisó que sólo se pudo acreditar la autoría de Estrada mediante el cotejo de las huellas digitales, pero no así la de la otra persona. Por último Febrer, informó que las víctimas fueron informadas del acuerdo en todos sus términos.
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