La fiscal del caso Eugenia Titanti y el asistente letrado Bruno Miciullo, pidieron que se imponga una pena de nueve años de prisión a Sandro Gustavo Codegoni, quien fue declarado responsable penal por atropellar a Pedro Ariel Leiva y provocarle la muerte.
El planteo lo hicieron hoy, durante una audiencia realizada en la Ciudad Judicial. La fiscal del caso y el asistente letrado pidieron al tribunal que le impongan la pena de nueve años de prisión efectiva. Argumentaron que para alcanzar el monto de la condena fueron valoradas las circunstancias que agravan o atenúan la pena y que también se han encontrado circunstancias neutras.
La querella particular que representa a la familia de Leiva requirió que la condena sea de seis meses más que el monto de pena requerido por los representantes de la fiscalía.
Codegoni fue juzgado y declarado responsable penal por homicidio simple cometido con dolo eventual, en carácter de autor. En el caso intervino un tribunal colegiado porque el Ministerio Público Fiscal preveía requerir una condena inferior a 15 años.
El tribunal que determinó la pena estuvo integrado por dos jueces y una jueza. La pena que fijarán la van a anunciar mañana en el horario que la Oficina Judicial designe para la audiencia de lectura de veredicto.
La teoría del caso que logró acreditar el Ministerio Público Fiscal durante el juicio de responsabilidad, fue que el hecho ocurrió el 23 de octubre de 2021, cerca de las 21, en la esquina de calles Intendente Carro y La Pampa de la ciudad de Neuquén. La víctima, Pedro Ariel Leiva, estaba en el frente de su comercio cuando Codegoni subió a la vereda con la camioneta Ford Eco Sport que conducía y lo embistió, provocándole lesiones que ocasionaron la muerte.
En forma previa, el acusado había tenido una discusión con el conductor de una camioneta Fiat Strada, a quien persiguió durante varias cuadras. Fue en ese contexto que circulaba a alta velocidad y perdió el control de su vehículo.
Según las pruebas reunidas por el Ministerio Público Fiscal, el imputado tenía alcohol en sangre y circulaba a una velocidad mínima verificada de 47 kilómetros por hora al momento del hecho.
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