sábado, noviembre 23, 2024

Reformulan cargos por estafas en la venta de viviendas

Por pedido de la asistente letrada de la fiscalía de delitos Económicos Elisa Carossio, tres personas fueron acusadas por seis hechos de estafa, que se suman a otros nueve hechos, por los cuales se les había formulado cargos anteriormente.
Las estafas consistieron en haber realizado una serie de maniobras con la venta de viviendas y departamentos que finalmente no entregaron. Durante la audiencia de reformulación de cargos Carossio detalló los nuevos hechos y requirió que se mantenga el plazo para concluir la investigación fijado anteriormente cuando se declaró al caso como causa compleja.
La teoría del caso del Ministerio Público Fiscal es que a partir de 2012 y por un total de 15 hechos, los imputados realizaron estafas con una maniobra similar: las víctimas entregaron una suma de dinero al momento de firmar un contrato y se comprometieron a efectuar planes de pagos atados a actualizaciones según el índice de la Cámara Argentina de la Construcción (C.A.C).
Del total de construcciones comprometidas solo se desarrolló una primera etapa, que permitió dar legitimidad al proyecto. Además, las ventas se realizaron en el marco de una profusa publicidad –que incluía cartelería, medios de comunicación y principales shoppings de la zona-, lo que contribuyó a generar una imagen de “falsa solvencia”.
Los acusados son O.A.C y J.L.D, socios de Desarrolladora San Martín de los Andes S.A y que según el momento de cada denuncia desarrollaron distintas funciones en la empresa; y F.N.S, apoderado y empleado de la firma. Los departamentos y unidades funcionales que se vendieron pero que no se entregaron son parte del proyecto “Casonas Morada del Agua”, en un barrio cerrado de Plottier.
Luego de explicar los detalles de cada nueva denuncia y con la adhesión del querellante particular en todos los planteos, la asistente letrada enmarcó las maniobras en el delito de estafa reiterada -6 hechos- en concurso real y en carácter de autores para O.A.C y J.L.D, y como partícipe necesario en el caso de F.N.S (artículos 172, 55 y 45 del Código Penal).
El juez de garantías que intervino en la audiencia tuvo por formulados los cargos contra los tres imputados y mantuvo el plazo de la investigación fijado con anterioridad por el plazo de un año.

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