sábado, noviembre 23, 2024

Rolando Figueroa impulsa una Ley de Primer Empleo Joven

El diputado nacional por el Movimiento Popular Neuquino, Rolando Figueroa, presentó en el Congreso un proyecto que busca promover el acceso de las y los jóvenes de 18 a 29 años al primer empleo registrado a través de beneficios económicos al sector privado. “La promoción del empleo y la salida a esta situación que atraviesan principalmente los y las jóvenes de nuestro país, no es solo un problema del Estado. Es primordial que tanto el sector público como el privado trabajen en conjunto para facilitar su inserción laboral”, explicó Figueroa al respecto.
Los empleadores que contraten trabajadores bajo esta ley serán eximidos de las contribuciones patronales a su cargo durante 36 meses en forma escalonada, comenzando con un 100% en los primeros doce meses a un 33% entre los meses 25 y 36. Los contratos concertados se regirán por las leyes y convenios colectivos de trabajo que correspondan a la tarea, y serán aplicables las normas previsionales y de la seguridad social generales.
En tanto, en el caso de empresas radicadas en las provincias patagónicas, el plazo establecido se incrementará en un 50%. “Proponemos su exención en un porcentual de las contribuciones, de manera que queden garantizados los aportes a la Obra Social, Fondo Nacional de Empleo, Seguro de Vida Obligatorio y ART”, plantea en el proyecto.


El proyecto de ‘Ley de Primer Empleo Joven’ tiene como objetivos desarrollar conocimientos y habilidades que permitan desempeñarse en ámbitos laborales y aumentar posibilidades de empleabilidad. Para alcanzar el beneficio, las empresas deberán contratar bajo la modalidad de tiempo indeterminado conforme a la Ley de Contrato de Trabajo, estar en situación regular de pagos de las contribuciones a la seguridad social de sus empleados o acogido a un plan de regularización; entre otros requisitos. Tampoco implica en ningún caso autorización para suplantar personal.
En su articulado, el proyecto estipula que se deberá respetar la equidad de género y otorga un beneficio adicional por cuestiones de identidad de género y diversidad. Además, las y los jóvenes beneficiarios de programas sociales vigentes pueden seguir percibiendo los beneficios y prestaciones que otorga el Estado en los plazos establecidos por la ley, durante los cuales formarán parte del salario percibido en concepto de ‘Primer Empleo Joven’. Esta compatibilidad queda sin efecto cuando el ingreso mensual que percibe el joven trabajador supere los dos sueldos mínimo vital y móvil.
Como requisito para acceder al programa, las y los beneficiarios no deben tener empleo ni experiencia laboral comprobable mayor de seis meses. Además, deben tener sus estudios secundarios finalizados o contarán con un lapso de tiempo para terminarlos. Finalmente, Rolando Figueroa destacó que “para la elaboración de esta propuesta se tuvieron en cuenta distintos proyectos, tanto provinciales como nacionales”.
“Entendemos que desde el Estado tenemos el desafío de realizar un abordaje integral de esta problemática, que estructure las políticas en materia de educación, protección social, formación profesional y empleo. Asimismo se requiere desarrollar e implementar programas y medidas destinadas a aumentar la retención escolar, mejorar la transición escuela- trabajo, reducir el desempleo juvenil y atender las necesidades de cuidado”, afirmó.
Según datos del INDEC, en el cuarto trimestre de 2021 el desempleo alcanzó al 7% de la población, siendo los jóvenes el sector más afectado. Entre ellos, la tasa de desocupación duplica a la de la población adulta en general, siendo aún mayor en las mujeres.

 

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