El fiscal del caso de Delitos Económicos, Juan Narvaez, y el fiscal jefe Pablo Vignaroli solicitaron que 8 de las personas acusadas por integrar una asociación ilícita destinada a cometer estafas mediante el cobro indebido de planes de desempleo sean declaradas responsables.
Fue mediante una serie de acuerdos presentados entre el viernes y hoy ante una jueza de garantías, y apunta a resolver antes del juicio la situación de quienes tuvieron participaciones de menor responsabilidad en la causa. La resolución se conocerá el miércoles, cuando la jueza se expida en audiencia pública.
La teoría del caso de la fiscalía alcanza a un grupo de ex funcionarios, empleados y empleadas del Poder Ejecutivo, a quienes les imputa haber integrado una asociación ilícita dedicada a cometer estafas con la administración y el cobro de planes sociales con cheques y tarjetas de débito. Discrimina distintos niveles de responsabilidad, poniendo como jefes a Ricardo Soiza, quien ocupaba la dirección general de Gestión de Planes Sociales del Ministerio de Desarrollo Social y Trabajo; a Néstor Pablo Sanz, director de Fiscalización del Ministerio de Desarrollo Social; y Marcos Ariel Osuna, responsable de Gestión de Programas del mismo organismo. A los jefes iniciales, la fiscalía sumó luego en el rol de “jefes” de la organización a otros dos funcionarios de alto rango: el ex ministro de Desarrollo Social Abel Di Luca y el ex coordinador de Administración de esa cartera, Tomás Siengentharler.
La investigación se centró en el período que va desde el 30 de septiembre de 2020 al 31 de julio de 2022, y se delimitaron roles y niveles de responsabilidad, con los jefes en el primer nivel. En los niveles 2, 3, 4 y 5, se ubicó a colaboradores directos de los jefes, reclutadores de potenciales beneficiarios del plan, cobradores (mediante tarjetas y cheques) y a quienes obtuvieron beneficios.
Mensualmente se armaban listados de beneficiarios de un plan contra el desempleo creado en 2018 y por montos individuales de $49.500, que luego no eran cobrados por esos beneficiarios, sino que mediante la estructura de la asociación ilícita, llegaban al primer nivel de la pirámide.
Según se indicó en la audiencia, el monto histórico de las estafas por ese período de tiempo alcanzó los $153.777.900, lo que actualmente representaría un total de $935.185.943.
Además de Narvaez y Vignaroli en la audiencia de hoy representaron a la fiscalía las asistentes letradas Tanya Cid y Agustina Jara. Todos los planteos del Ministerio Público Fiscal tuvieron la adhesión del representante de la fiscalía de Estado y querellante, Gustavo Kohon.
Criterio de oportunidad
Con el fin de permitir que el juicio se realice sobre quienes tuvieron la mayor responsabilidad en las maniobras desplegadas y en la organización y conducción de la asociación ilícita, Narvaez solicitó el sobreseimiento de otras seis personas acusadas que tuvieron participaciones menores pero que, además, aportaron información necesaria para la investigación. Fue mediante la aplicación del criterio de oportunidad que tuvo el aval de la jueza Carina Álvarez, una solución que prevé el Código Procesal Penal de Neuquén y que permitirá que sean testigos en el juicio.
A todas las personas acusadas en la causa se les imputa el delito de asociación ilícita en concurso real con fraude a la administración pública y defraudación especial por uso de tarjeta de crédito sin autorización del titular, 9.303 hechos en concurso real, en calidad de coautores (artículos 210; 173, incisos 5 y 15; 45 y 55 del Código Penal). La diferencia en las imputaciones tiene que ver con la función en la asociación y la escala en la participación: con cinco niveles en una estructura piramidal, las personas sobreseídas ocuparon los lugares más bajos y cumplieron órdenes de los jefes, quienes organizaron y coordinaron las estafas desde la cúspide de esa pirámide.
Los acuerdos de condena comprenden a A.A.M.L; R.A.L; V.N.H; P.A.C; R.G.T; P.A.R; G.R.M; y C.H, quienes en la asociación ilícita tenían como tarea extraer dinero de los cajeros automáticos o cobrar cheques, para luego entregarlo a los imputados Néstor Pablo Sanz o Marcos Ariel Osuna, quienes lo rendían a Ricardo Soiza. Sólo uno de estos imputados desplegó otro tipo de conducta, al haber cobrado el alquiler de autos por fuera de lo que indica la ley de administración financiera y mediante cheques que se nutrían del dinero destinado al subsidio por desempleo.
En todos los casos, las condenas acordadas son por 3 años de prisión condicional, además del cumplimiento de reglas de conducta y la realización de entre 8 y 12 horas de trabajos comunitarios mensuales, durante el mismo período.
Prisión domiciliaria:
Luego de los sobreseimientos y de la presentación de los acuerdos, el defensor del imputado Ricardo Soiza, que también es imputado en la causa, solicitó que la prisión preventiva que cumple el exfuncionario se transforme en una detención domiciliaria. La jueza informó que dará su resolución dentro de las 24 horas.
zapala-noticias
Diario Digital -Zapala-